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¿Quién paga cuando algo sale mal en un poste compartido?

Poste compartido con conductores de energía y cables de telecomunicaciones, Perú

Colgar un cable de un poste ajeno es barato. Lo caro llega después, y no está en el presupuesto de instalación: está en un contrato que casi nadie lee con el mismo cuidado con el que revisa una ficha técnica.

Este artículo cubre la parte que no es de ingeniería. Cómo se accede legalmente a un poste que es de otro, qué regímenes aplican y en qué se diferencian, quién asume el costo cuando algo sale mal, y qué obligación existe hoy sobre el cable que quedó muerto en el poste. La parte técnica, las distancias del CNE y la selección de herrajes está en la guía de instalación de fibra en postes de la red eléctrica.

Cómo se accede a un poste que no es tuyo

El acceso a la infraestructura de un concesionario eléctrico tiene un marco legal, y conviene describirlo sin exagerarlo en ninguna dirección. No es un derecho de uso instantáneo, y tampoco queda a la libre voluntad del titular.

Bajo el reglamento de la Ley 29904, aprobado por el Decreto Supremo 014-2013-MTC, la infraestructura alcanzada incluye postes, ductos, conductos, cámaras, torres, derechos de vía y fibra oscura asociados a los servicios de transmisión y distribución de energía eléctrica, además de transporte y distribución de hidrocarburos. Los concesionarios eléctricos están obligados a pronunciarse sobre las solicitudes de instalación en un plazo de 30 días calendario, con aplicación del silencio administrativo positivo.

Ese plazo es la parte que conviene tener presente al planificar: hay un procedimiento y hay un reloj. La secuencia real es solicitud → negociación → contrato o mandato → habilitación por postes, y cada paso tiene su propio tiempo.

La Ley 28295, de 2004, regula el acceso y uso compartido de infraestructura de uso público, pero no es intercambiable con la anterior: se activa cuando existe una restricción que impide desplegar infraestructura propia. Citar una por otra cambia el procedimiento y los plazos, y es un error que se ve en expedientes.

Cuando la negociación no prospera, OSIPTEL puede emitir un mandato de compartición conforme al régimen aplicable. Cuando la infraestructura es eléctrica, se requiere además la opinión previa y vinculante de Osinergmin sobre la viabilidad técnica del acceso.

Un apunte práctico sobre las negativas. Si el titular responde que el poste necesita refuerzo, eso por sí solo no es una negativa técnica al acceso: normalmente es un costo de adecuación que alguien tiene que asumir y que se negocia. Conviene tratarlo como una partida presupuestaria y no como un portazo.

Cuánto se paga por poste

Aquí no vamos a dar una cifra, y conviene explicar por qué en vez de dejar el vacío.

La fórmula de contraprestación del reglamento de la Ley 29904 depende de un número de arrendatarios que OSIPTEL y el MTC han interpretado de forma distinta, y la discrepancia sigue sin resolverse. Publicar una tarifa como si fuera pacífica sería engañar al lector, y el que la copiara a un modelo financiero se llevaría una sorpresa en la negociación.

Lo que sí se puede decir: el número que va a usarse en tu proyecto sale del contrato con el titular, no de la norma, y conviene pedirlo por escrito antes de dimensionar el tramo. En un despliegue de varios cientos de postes, la diferencia entre dos interpretaciones de esa fórmula deja de ser un detalle jurídico.

Quién responde cuando algo sale mal

La respuesta corta es el operador de telecomunicaciones, con un alcance más amplio del que muchos suponen. La respuesta larga tiene un matiz que conviene tener claro antes de firmar.

El reglamento pone en el operador de telecom la responsabilidad por los daños que su actividad cause a la red y a terceros, y eso alcanza a eventos que no dependen de la calidad de la instalación, como una colisión vehicular contra el poste o el hurto del conductor.

Ahora bien, en un caso concreto quién responde y por cuánto se determina conforme al contrato de compartición suscrito, a la causa del daño y a la atribución de responsabilidades que resulte de ella. No es una regla automática que convierta al operador en responsable de todo lo que le pase al poste: es el punto de partida, y el contrato es donde se define el reparto fino.

Por eso los contratos con distribuidoras suelen incorporar dos cláusulas que hay que leer con calma:

  • Indemnidad, que traslada al operador cualquier multa administrativa que la actividad de telecomunicaciones le genere a la eléctrica.
  • Carta fianza específica para la etapa de instalación, que es donde el riesgo de dañar la red es mayor.

Conviene además no confundir dos cosas. Que Osinergmin tipifique una deficiencia en un poste no significa que el costo recaiga automáticamente sobre quien colgó el cable: el procedimiento de supervisión de instalaciones de distribución eléctrica tiene como supervisado a la distribuidora. Lo que traslada el costo, si corresponde, es la cláusula de indemnidad del contrato, no el código de deficiencia.

Leído desde la obra, esto cambia el cálculo. En un poste propio, un herraje mal elegido cuesta rehacer el tramo. En un poste compartido, un herraje mal elegido puede costar la reposición de un servicio eléctrico y la multa que venga detrás.

El cableado en desuso ya tiene ley

Durante años el cable muerto colgado de los postes fue tierra de nadie: Osinergmin fiscalizaba lo eléctrico, OSIPTEL lo de telecomunicaciones, y el cable de telecom abandonado en un poste eléctrico se quedaba en medio.

Eso cambió con la Ley 31595, que dispone el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en zonas urbanas, reglamentada por el Decreto Supremo 007-2024-MTC, publicado el 12 de marzo de 2024. Las empresas de telecomunicaciones y de electricidad debieron presentar planes de acción, y el régimen sancionador entra en vigor de forma diferida.

En paralelo hay presión municipal. La Ordenanza 554/MM de Miraflores, publicada el 20 de octubre de 2020, regula el tendido aéreo en el distrito, obliga a retirar el cableado en desuso, restringe nuevo cableado aéreo y contempla multas de hasta 25 UIT. Surco, Lince y la Municipalidad Metropolitana de Lima tienen regulaciones en la misma línea.

Y hay fiscalización real. En noviembre de 2025, durante una campaña de inspección, Osinergmin detectó en Gamarra cables de telecomunicaciones, muchos en desuso, demasiado próximos a líneas eléctricas, con riesgo de cortocircuito e incendio.

Poste compartido en Chiclayo con caja de empalme y rollos de cable de reserva acumulados, registrado en una inspección de planta externa

La foto de arriba es de una inspección nuestra en Chiclayo. Los rollos que cuelgan del poste son reserva de cable, que es legítima y necesaria. El problema aparece cuando nadie sabe cuál de esos rollos pertenece a un tramo vivo y cuál quedó de una migración anterior, porque a partir de ahí retirar lo muerto exige identificar al titular de cada uno. Ese trabajo es mucho más barato el día que se instala que tres años después.

La lectura para una contrata es directa. El tramo que se instala hoy sin respetar distancias no solo puede ser observado por la distribuidora: entra en un marco que ya tiene ley nacional, ordenanzas distritales y un regulador que está saliendo a mirar. Y el cable que se abandona al migrar un tramo deja de ser un problema del futuro.

Preguntas frecuentes

¿La empresa eléctrica está obligada a dejarme usar sus postes?

Existe un marco de acceso, pero no es automático ni instantáneo. Bajo el reglamento de la Ley 29904, el concesionario eléctrico debe pronunciarse sobre la solicitud de instalación en un plazo de 30 días calendario, con silencio administrativo positivo. Sigue habiendo un procedimiento: solicitud, negociación y contrato. Si no hay acuerdo, cabe pedir un mandato a OSIPTEL.

¿En qué se diferencian la Ley 29904 y la Ley 28295?

No operan igual. La Ley 29904, de promoción de la banda ancha, se orienta al acceso a la infraestructura de los concesionarios de energía para desplegar redes de banda ancha. La Ley 28295 regula el acceso y uso compartido de infraestructura de uso público y se activa cuando existe una restricción que impide desplegar infraestructura propia. Citar una por otra cambia el procedimiento aplicable.

¿Quién responde si el cable de telecomunicaciones daña la red eléctrica?

Como punto de partida el operador de telecomunicaciones, por los daños que su actividad cause a la red y a terceros. Pero no es una regla automática: en un caso concreto, quién responde y por cuánto se determina conforme al contrato de compartición suscrito, a la causa del daño y a la atribución de responsabilidades que resulte de ella.

¿Cuánto se paga por poste en Perú?

No hay una tarifa pacífica que se pueda publicar. La fórmula de contraprestación del reglamento de la Ley 29904 depende de un número de arrendatarios que OSIPTEL y el MTC han interpretado de forma distinta, y la discrepancia sigue sin resolverse. El precio real sale del contrato con el titular del poste.

¿Qué obliga a retirar el cableado aéreo en desuso?

La Ley 31595 dispone el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en zonas urbanas, y su reglamento es el Decreto Supremo 007-2024-MTC, publicado el 12 de marzo de 2024. Las empresas de telecomunicaciones y de electricidad debieron presentar planes de acción, y el régimen sancionador entra en vigor de forma diferida.

Lo que conviene tener resuelto antes de firmar

Tres preguntas, y ninguna es técnica:

  1. Bajo qué régimen estás accediendo, y por tanto qué plazos y qué procedimiento aplican si el titular no responde o responde que no.
  2. Qué dice la cláusula de indemnidad de tu contrato, y hasta dónde llega tu exposición por multas que reciba la eléctrica.
  3. Quién retira el cable cuando el tramo se migre o se abandone, y con cargo a quién.

Las tres se negocian antes, y las tres cuestan bastante más si se descubren después.

Este texto describe el marco general y no sustituye la asesoría legal sobre un contrato concreto. Lo escribimos porque en la conversación técnica sale una y otra vez, y porque quien cotiza un tramo suele descubrir estas condiciones cuando el precio ya está cerrado.

Si estás dimensionando un despliegue en postería compartida y necesitas resolver la parte técnica, escríbenos con el tipo de poste, la tensión de la red y la zona.

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Referencias

Sobre el autor: Equipo técnico de Monstertek. Ingeniería y soporte de planta externa para proyectos FTTH y FTTx, operando desde 2018 en República Dominicana y desde 2019 en Perú y Colombia. Trabajamos con fabricantes que operan bajo ISO 9001 documentado y entregamos sus reportes de ensayo y la trazabilidad de lote bajo solicitud técnica. Consultas: +51 999 000 361 · monstertek.net/contacto.

Última actualización: 6 de agosto de 2026.

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